
Mediación en Societario
En los conflictos societarios la confidencialidad, la reducción del tiempo y el bajo coste de la mediación suponen ventajas incuestionables respecto a resolver el conflicto en la jurisdicción ordinaria.
Además, la mediación permite que no resulte dañada la relación entre los intervinientes, alargando la vida de la sociedad al conseguir un acuerdo beneficioso para ambas partes.
Desde la publicación de la Ley 5/2012 de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles, el acuerdo que se alcanza en mediación tiene plenos efectos legales y ejecutivos cuando se eleva a escritura pública.
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